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Cuando un niño o niña necesita protección

Los niños y las niñas tienen derecho a ser cuidados y protegidos, a que se atiendan sus necesidades y a que se desarrollen todas sus capacidades.

Vea aquí que es tratar bien a un niño y los derechos del niño

Pero cuando los padres o las madres no cumplen con las obligaciones que la ley les encomienda para cuidar, proteger, y atender todas las necesidades de sus hijos menores de edad, ya sea porque no existen, no saben, o no quieren.

O bien cuando los progenitores no pueden hacerse cargo de sus obligaciones para cuidar, proteger, y atender todas las necesidades de sus hijos menores de edad.

Entonces, estos niños necesitan protección.

En ocasiones los niños son objeto de maltrato, si bien es conveniente saber identificar qué es el maltrato.

Para saber identificar qué es el maltrato

Protocolos de detección, notificación y actuación contra el maltrato infantil

¿Qué debo hacer si soy un profesional sanitario, educativo o de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad?

Si usted, como profesional de los ámbitos referidos, conoce de una situación de posible maltrato infantil, deberá seguir el Protocolo específico establecido para su ámbito de actuación, si lo hubiera, y en su defecto el Protocolo Básico de Intervención contra el maltrato infantil aprobado por el Pleno del Observatorio de la Infancia, notificando dicha situación a los Servicios Sociales competentes según la gravedad de la situación y por el medio establecido en el respectivo protocolo.

Modelos de notificación de situaciones de riesgo y maltrato infantil para profesionales

¿Qué puedo hacer si soy un ciudadano?

Si usted, como ciudadano, conoce de una situación de posible maltrato infantil, dispone de varias alternativas para notificar dicha situación a los organismos encargados de actuar:
  1. Ante situaciones en las que se esté produciendo un riesgo o peligro actual o inminente para la vida o la integridad física del niño, avise al teléfono de emergencias   112 .
  2. El resto de situaciones diferentes a las anteriores, en las que no haya peligro o riesgo inminente, puede comunicarlas a distintos servicios y de diferente forma:
    • Telefónicamente o de forma presencial ante los servicios sociales más próximos (CEAS) en el horario de atención al público que cada uno de ellos tenga dispuesto. Puede localizar a dichos servicios sociales (CEAS) a través del teléfono   012 .

    • Electrónicamente, mediante el envío debidamente cumplimentado del formulario correspondiente que esta disponible en esta misma página a la Sección de Protección a la Infancia del domicilio en el que resida el menor. Estas notificaciónes pueden ser enviadas durante las 24 horas del día. Estos formularios permiten mantener su anonimato si así lo desea:
    • Además, cualquier menor o adulto pueden comunicar situaciones problemáticas que afecten a niños o niñas y pedir orientación sobre las mismas a los teléfonos de la Fundación ANAR:

      • Ayuda a Niños y Adolescentes: 116 111, siendo gratuito, confidencial, anónimo y disponible 24horas,

      • Ayuda al Adulto y la Familia: 917 260 101 o 600 505 152

      • Casos de Niños Desaparecidos: 116 000 .

  3. Descarga del documento tipo PDF. Abre una nueva ventanaDirecciones y Teléfonos de interés (148 kbytes)

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