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Ayuda económica a hijos e hijas de víctimas mortales de violencia de género

Código:

37

Contenido:

Esta ayuda consiste en un pago único anual de 5.000 euros hasta que alcancen la mayoría de edad.

También tendrán derecho las personas menores de edad que hubieran estado bajo la tutela de una mujer víctima mortal por causa de violencia de género en el momento del fallecimiento de esta.

Perfil de persona beneficiaria:

Hijos e hijas menores de edad de mujeres víctimas mortales por violencia de género y personas por ellas tuteladas.

Requisitos y condiciones de acceso:

Ser hijo o hija de víctima mortal por violencia de género o haber sido tutelada por ella.

Ser menor de edad.

Regulación:

  • Ley 13/2010, de 9 de diciembre, contra la Violencia de Género en Castilla y León.
  • Decreto 15/2018, de 31 de mayo, por el que se regula la ayuda económica a huérfanos y huérfanas de víctimas de violencia de género en Castilla y León y el acceso gratuito a estudios universitarios.

Carácter de esencial:

Si

El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo

Intensidad mínima:

No es de aplicación.

Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:

Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.

Titularidad:

Administración de la Comunidad de Castilla y León

Nivel de atención social:

IV

Formas de financiación:

Directa

Formas de gestión:

Directa

Aportación de la persona usuaria:

No

Acceso:

  • Servicio de Atención al Ciudadano 012 (983 327 850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
  • A través del Centro de Acción Social, CEAS   correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.