Las actuaciones irán orientadas a la consecución del nivel óptimo del desarrollo evolutivo del niño y de la niña, y a la reducción de las consecuencias negativas de las discapacidades, alteraciones y trastornos del desarrollo y se realizarán, preferentemente, en el entorno normalizado en que se desenvuelve la vida del niño o de la niña, desarrollando contenidos de prevención tanto en el ámbito familiar como en su entorno próximo.
Las técnicas estarán destinadas a:
Desarrollo psicomotor.
Desarrollo cognitivo.
Desarrollo del lenguaje y la comunicación.
Desarrollo de la autonomía.
Desarrollo del área social y afectiva.
Apoyo e información a la familia sobre los servicios públicos y privados y las oportunidades de autoayuda relevantes, y disponibles.
Habilitación y formación de la familia.
Perfil de persona beneficiaria:
Población infantil (0 – 6 años) con riesgo o trastorno en el desarrollo.
Requisitos y condiciones de acceso:
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:
Personas menores de tres años y de tres a seis años si no están escolarizadas.
Residentes en la Comunidad de Castilla y León.
Que presenten o tengan riesgo de padecer cualquier trastorno en su desarrollo, previa valoración técnica del equipo de atención temprana.
Regulación:
Decreto 53/2010, de 2 de diciembre, de coordinación interadministrativa en la atención temprana en Castilla y León.
Por la Orden FAM/6/2018 de 11 de enero, por la que se regulan las prestaciones del Sistema para la Autonomía y Atención a la dependencia en Castilla y León, el cálculo de la capacidad económica y las medidas de apoyo a la personas cuidadoras no profesionales.
Carácter de esencial:
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
Si no alcanza grado de dependencia: A criterio técnico.
Grado I: Hasta 6 horas mensuales.
Grados II y III: 6 horas mensuales, salvo que por prescripción técnica sea menor o mayor hasta un máximo de 8 horas mensuales.
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con otras prestaciones destinadas a personas en situación de dependencia:
En grados II y III con la prestación económica de cuidados en el entorno familiar, con el servicio de ayuda a domicilio.
En grado I, compatible con el servicio de ayuda a domicilio que tenga la consideración de prestación no esencial.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Nivel de atención social:
II
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de Atención al Ciudadano 012 (983 327 850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.