Código:
26.2
Contenido:
Intervención profesional orientada a potenciar las capacidades y el funcionamiento de niños y niñas y/o jóvenes con medida de protección en acogimiento familiar o residencial que hayan sufrido algún tipo de maltrato, con el fin de promover su equilibrio emocional, mejorar su situación personal y social, mediante técnicas psicosociales individuales y/o grupales, dirigidas a los ámbitos cognitivo, emocional o conductual, y a promover los apoyos necesarios en su red familiar y social, facilitando la permanencia en su entorno habitual.
Comprende fundamentalmente las siguientes actuaciones:
- Intervención terapéutica en los ámbitos emocional, cognitivo y conductual.
- Valoración especifica de sus circunstancias.
- Fomento de pautas de inclusión en los ámbitos familiar, social, laboral y de vivienda.
- Asesoramiento a la persona responsable de su atención.
- Intervención con las personas que constituyen las redes de apoyo social tanto informal como formal, para promover su autonomía personal y su participación en la vida comunitaria.
- Derivación, acompañamiento y conexión con recursos de otros sistemas de protección.
Perfil de persona beneficiaria:
Menores de edad con medida de protección en acogimiento familiar o residencial que presenten desajustes emocionales motivados por su situación de desprotección.
Requisitos y condiciones de acceso:
Sin perjuicio de lo establecido en la normativa reguladora, los principales requisitos y condiciones de acceso son:
- Tener expediente de protección y se encuentren separados de sus familias.
- Presentar desajustes emocionales originados por la situación de desprotección que han sufrido o en la propia situación de separación.
- Excepcionalmente, menores de adopción internacional con problemas en el proceso inicial de adaptación a su nueva familia y que puedan poner en peligro la continuidad de la adopción si no se proporciona dicho apoyo. Se precisa que la familia lo solicite y que sea autorizado por la Gerencia de Servicios Sociales.
Regulación:
Decreto 131/2003, de 13 de noviembre, por el que se regula la acción de protección de los menores de edad en situación de riesgo o de desamparo y los procedimientos para la adopción y ejecución de las medidas y actuaciones para llevarla a cabo.
Carácter de esencial:
Si
El catálogo distingue entre prestaciones esenciales y no esenciales, otorgando a las primeras las características de obligatorias en su prestación y públicamente garantizadas en su acceso, y haciendo una especificación de las que tienen tal naturaleza, dotándolas del carácter de derecho subjetivo
Intensidad mínima:
No es de aplicación
Régimen de compatibilidad con otras prestaciones simultáneamente:
Es compatible con el resto de prestaciones del catálogo.
Titularidad:
Administración de la Comunidad de Castilla y León
Nivel de atención social:
III
Formas de financiación:
Directa e indirecta
Formas de gestión:
Directa e indirecta
Aportación de la persona usuaria:
No
Acceso:
Servicio de atención al ciudadano 012 (983327850), donde me informarán de la forma de acceso y dónde debo dirigirme.
A través del Centro de Acción Social, CEAS
correspondiente a mi domicilio, donde me informan, valoran mis necesidades, me orientan, y tramitan la prestación más adecuada.